Según las orientaciones técnicas vigentes, las acciones realizadas por el profesor o profesora de aula regular, relacionadas con la planificación conjunta o el trabajo colaborativo con profesionales PIE, deben ser registradas en la pestaña III. Registro de implementación y evaluación, ítem 1b. Registro de acciones realizadas por el profesor o profesora de aula.
Este apartado tiene como objetivo dejar constancia de las acciones del docente de aula “ya sea para la planificación conjunta de la respuesta educativa diversificada o para el seguimiento y evaluación del trabajo colaborativo, entre otras actividades”, tal como lo indican las orientaciones.
Respecto a los profesionales PIE que también participan en estas reuniones, no existe una exigencia normativa específica que indique que deban registrar estas instancias en otro lugar, como podría ser la pestaña V. Acta de reuniones. Sin embargo, muchos equipos deciden hacerlo como forma de respaldar su participación o dar cuenta de otros encuentros sostenidos con docentes y asistentes.
Es importante considerar que la pestaña V está pensada para dejar constancia de las reuniones sostenidas entre el equipo de aula y los profesionales PIE, lo que puede incluir instancias de trabajo colaborativo, pero también otras reuniones de coordinación, seguimiento o planificación más general.
En resumen:
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El registro que debe completar el docente de aula se encuentra en la pestaña III, ítem 1b.
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El registro de los profesionales PIE en la pestaña V no es obligatorio, pero puede realizarse si el equipo o sostenedor lo define como una práctica institucional.