En abril de 2025 se publicó oficialmente el protocolo intersectorial que guía la detección, derivación y seguimiento de niños, niñas y adolescentes (NNA) con posibles características del espectro autista desde establecimientos educacionales a centros de salud públicos, en el contexto de la Ley N° 21.545. Este documento representa un importante avance hacia una coordinación efectiva entre los sectores de salud y educación, promoviendo una respuesta oportuna, inclusiva y basada en los principios de trato digno y neurodiversidad.

Objetivo del protocolo

El objetivo central es establecer una ruta clara para que los establecimientos educacionales puedan detectar señales compatibles con autismo, activar la coordinación con los centros de salud, y asegurar el acompañamiento necesario para los NNA y sus familias durante todo el proceso, desde la sospecha inicial hasta la implementación de apoyos educativos y sanitarios.

¿Qué establece el protocolo?

  1. Detección en la escuela: Los equipos educativos, incluso en salas cuna y jardines infantiles, son clave en la identificación temprana de señales de alerta. Se establecen pautas de observación cualitativas —sin puntajes— que permiten al docente o profesional detectar y registrar estas características. Estas observaciones deben ser registradas en el “Formulario de Derivación” oficial.
  2. Información y derivación a la familia: El educador/a o profesional a cargo comunica a la familia lo observado, destacando que no se trata de un diagnóstico, sino de una señal que requiere evaluación. Se entrega el formulario y se orienta a la familia para solicitar hora médica.
  3. Evaluación en salud: La atención comienza en el centro de salud primaria, donde se evalúan los antecedentes y, si corresponde, se confirma el diagnóstico de TEA. La evaluación debe ser interdisciplinaria, respetuosa y basada en un enfoque biopsicosocial.
  4. Apoyos intersectoriales: Confirmado el diagnóstico, se articulan planes de intervención co-construidos entre salud, educación y familia. El centro educativo debe incorporar esta información en sus dispositivos pedagógicos, como PACI o PAEC, y brindar los apoyos requeridos en aula regular o en espacios diferenciados.
  5. Seguimiento y colaboración continua: El protocolo no termina con la derivación. Establece canales para el seguimiento conjunto y continuo, asegurando una retroalimentación fluida entre los sectores para ajustar apoyos conforme evoluciona el estudiante.

Principios clave

  • Trato digno: uso respetuoso del lenguaje, asegurando la participación activa del NNA y su familia.
  • Neurodiversidad: reconocer y valorar la diferencia como parte natural del desarrollo humano.
  • Participación activa de la familia: como aliados centrales en cada etapa del proceso.
  • Intersectorialidad: coordinación sostenida entre salud y educación.
  • Enfoque de género: visibilización de las particularidades de detección en niñas y adolescentes.

¿A quién está dirigido?

El protocolo está destinado a:

  • Equipos directivos, docentes y asistentes de la educación.
  • Profesionales de salud de la red pública.
  • Sostenedores y gestores comunales.
  • Padres, madres y cuidadores de NNA.

Este protocolo representa un paso fundamental para avanzar hacia una cultura educativa y sanitaria más inclusiva y articulada, donde cada niño, niña y adolescente con características del espectro autista sea acompañado de manera oportuna, respetuosa y coherente con sus derechos.

Su implementación efectiva no solo promueve una detección temprana y un abordaje integral, sino que también refuerza el compromiso del Estado y las comunidades educativas con el bienestar, la participación y el aprendizaje de todos y todas.

Encuentra información oficial sobre el protocolo de detección, derivación y seguimiento de NNA en el Marco de la Ley TEA aquí

 

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